EL USO DE CELULARES EN HORARIO LABORAL

 

Puede la Empresa regular en la practica el uso de celulares en el horario de trabajo?

No existe por ahora, ninguna norma regulatoria del uso de celulares en éstas condiciones, no existe normativa específica sobre la materia.

Los antecedentes judiciales se han resuelto mayoritariamente, a favor de los trabajadores, en materia de mails corporativos y use de redes sociales, en horarios laborales.

El argumento fundamental de los jueces es que los dependientes no habían sido advertidos en forma previa y fehacientemente de los mecanismos de contralor que usaría o podría usar la Empresa.

Entendemos entonces que la empresa, en ejercicio de sus facultades legales de organización y dirección, resguardando un equilibrio entre éstas y el derecho a la intimidad del trabajador, puede válidamente establecer una política de uso del teléfono celular particular del empleado;

Para ello, deberá efectuar una notificación fehaciente a los trabajadores, la cual, podrá ser de carácter general o individual.

Las normas y la política de utilización del teléfono celular deberán ser claras, estableciendo límites precisos y, fundamentalmente, deberán ser expresadas por escrito, en doble ejemplar, conservando uno de ellos el trabajador y otro, debidamente firmado por éste, quedará en poder del empleador.

Si así no se instrumentase, la empresa encontrará serias dificultades, en caso de ir a juicio para justificar la aplicación de dichas sanciones.